Procuraduría sancionó a exalcaldes de Alpujarra y Planadas

por Ondas de Ibagué

La Procuraduría General de la Nación suspendió por diez meses al exalcalde de Alpujarra, Tolima, Noel Martínez Cruz (2012 – 2015), por entregar materiales para construcción avaluados en $109 millones a más 136 personas del municipio, sin ningún soporte ni justificación legal.

Martínez Cruz entregó cemento, tejas de zinc, varillas, bloques y alambre, entre otros elementos, a particulares, con lo que desconoció las disposiciones legales que prohíben dar auxilios o donaciones a favor de personas naturales o jurídicas de derecho privado.

De acuerdo con la investigación disciplinaria el entonces alcalde no solo autorizó por escrito la entrega de esos elementos, sino que señaló a los destinatarios de los mismos.

Por esos hechos la Procuraduría calificó la conducta cometida por el entonces alcalde como una falta grave cometida a título de culpa grave.

Asimismo, el ente de control disciplinario suspendió por un mes a exalcalde de Planadas, Tolima, David Lozada Losada, y a la exsecretaria general y de Gobierno, Patricia Vélez Romero, por incumplimiento de sus deberes.

Se evidenció que los disciplinados omitieron el envío inmediato a la Contraloría Departamental del Tolima, de un contrato de obra, junto con el acto y los antecedentes administrativos originados en la urgencia manifiesta decretada el 1 de noviembre de 2012 en el municipio de Planadas.

La Procuraduría Regional del Tolima recordó que la urgencia manifiesta es una situación excepcional que permite a la autoridad que la decrete a través de acto motivado, celebrar contratos para mitigar o conjurar hechos de calamidad, constitutivos de fuerza mayor, sin el cumplimiento de los procedimientos de selección.

Puntualizó que su carácter especial establece a quienes hacen uso de esa figura jurídica, la obligación de enviar "inmediatamente después de celebrados los contratos originados en la urgencia manifiesta", al funcionario u organismo que ejerza el control fiscal, el cual deberá pronunciarse dentro de los dos meses siguientes, sobre los hechos y circunstancias que determinaron tal declaración.

Por: Paola Rojas Gómez, periodista regional.