Arresto para Directora de Cortolima y exgerente del Ibal por no garantizar agua potable

por Yicela Parra

Por desacato a una decisión judicial, del juzgado Octavo Administrativo Oral del circuito de Ibagué ordenó 5 días de arresto contra el gerente del IBAL y la directora de Cortolima.

Olga Lucía 28 07

Por desacato a una decisión judicial, del juzgado Octavo Administrativo Oral del circuito de Ibagué ordenó 5 días de arresto contra el gerente del IBAL y la directora de Cortolima, conmutables a una sanción pecuniaria de 10 SMLMVD. Por no hacer una planta de tratamiento en el acueducto comunitario del barrio El Triunfo del sector Ambalá y garantizar agua potable a los habitantes de este sector y del polémico conjunto residencial alminar Samoa.

Hay que recordar que la acción popular impetrada por el abogado Wilson Leal Echeverry previamente había sido fallada 2 meses atrás y por consiguiente se incorporó el incidente de desacato.

El Alcalde de Ibagué sobre el tema respondió que a través del contrato 042 de 2021 se comenzaron a ejecutar las obras que están próximas a terminar y que se cumplirá con lo expuesto en la decisión judicial, como la capacitación al personal del acueducto comunitario que habría de encargase de la operación del mismo.

Cabe aclarar que los sancionados deberán pagar dentro del término de 5 días posteriores al fallo al Fondo para la defensa de los derechos e intereses colectivos, con el fin de cumplir con la medida popular.

Por otra parte, este auto ordena entregar agua potable a todos los usuarios del acueducto del barrio el triunfo sector Ambalá de esta ciudad, a través del llenado diario del tanque de almacenamiento con que cuenta el sector, obligación que deberá cumplir a través de su descentralizada IBAL, quien cuenta con el líquido de calidad y con los equipos y vehículos para su transporte.

Como medida temporal a corto plazo ORDENAR al IBAL S.A. E.S.P. que en un término no mayor a 45 días calendario, contado a partir de la notificación de esta providencia ponga en funcionamiento y operación la planta de tratamiento de agua potable objeto del contrato de obra 042 de 2021, en cumplimiento de sus obligaciones derivadas del convenio 2181 de 2019, y por el término que este acto contractual haya contemplado, vencido el cual cesará su obligación.