¡Pilas! Licencias mineras deberán cumplir nuevos lineamientos para ser aprobadas en Colombia

por Natalia Gutiérrez

La Procuraduría exhorta a Minambiente a regular trámite de certificaciones ambientales para nuevas solicitudes de concesión minera en defensa de ecosistemas estratégicos en todo el país.

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La Procuraduría General de la Nación exhortó al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible a que cumpla lo dispuesto por el Consejo de Estado y publique los lineamientos necesarios para el otorgamiento de un certificado ambiental a quienes pretendan obtener un título minero.

De acuerdo con la orden impartida el 4 de agosto de 2022 por el Alto Tribunal de lo Contencioso Administrativo, las autoridades ambientales competentes deberán expedir a los interesados en esta titulación un certificado en el que conste que su proyecto no se superpondrá con alguna de las áreas ambientales que están o deben ser protegidas. No obstante, las reglas para la expedición de dichos certificados aún no se han definido.

Al respecto, el Ministerio Público recordó a la cartera de Ambiente que cuenta con un plazo de tres meses, contados a partir de la ejecutoria de la sentencia, para presentar estas directrices que permitirán expedir dichas certificaciones.

En la Circular nro. 2 de diciembre de 2022 la Procuraduría advirtió sobre la necesidad de que las entidades pertenecientes a los sectores ambiental y minero “establezcan conjunta y articuladamente el procedimiento, los mecanismos de coordinación y los plazos para la expedición de los certificados que deberán de presentarse junto con la solicitud de titulación minera”.

Por último, el ente de control instó al citado ministerio, a la Agencia Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), a las corporaciones autónomas regionales y de desarrollo sostenible y a las autoridades ambientales urbanas para  que adopten las medidas necesarias que permitan a la Agencia Nacional de Minería y a la Secretaría de Minas de Antioquia verificar la autenticidad de  las certificaciones que se alleguen con las solicitudes de títulos mineros, así como la publicidad de la información respectiva, sujetándose de manera rigurosa en la expedición a los lineamientos que se definan.