Justicia falla a favor del niño al que le negaron el cupo en el colegio Santiago Vila

por Ondas de Ibagué

En Ondas de Ibagué se había expuesto el caso de una madre desesperada porque no lograba conseguir cupo escolar para su hijo.

Cupo Santiago vila

El Juzgado Quinto Penal Municipal con Control de Garantías ordenó a la institución educativa y la Secretaría de Educación Municipal que un plazo de 48 horas el joven sea recibido y matriculado en este establecimiento educativo.

María Inés Estupiñán madre del menor afectado, había denunciado la difícil situación que atravesaba por lograr un cupo escolar, ni en la institución donde había estudiado sus hijos en el año anterior ni en ningún otro lugar se lo daban, motivo por el cual la desesperada mujer instauró una tutela, por fin después de dos meses Felipe podrá regresar al aula de clases.

El fallo entregado por el juzgado resuelve:

SEGUNDO: ORDENAR al representante legal de la SECRETARIA DE EDUCACION MUNICIPAL DE IBAGUÉ y al representante del INSTITUTO EDUCATIVO SANTIAGO VILA ESCOBAR DE IBAGUÉ, para que en el término de Cuarenta y ocho (48 ) horas contados a partir de la notificación del presente proveído, si ya no lo hubiere hecho, procedan a realizar las gestiones necesarias para que el niño XXXXX FELIPE XXXXXXXX, identificado con la tarjeta de identidad XXXXXX, sea recibido y matriculado en la Institución Educativa SANTIAGO VILA ESCOBAR sede barrio Ambala de esta ciudad, para que pueda iniciar sus estudios en el grado Sexto, y como quiera que ya se inició el año escolar desde el mes de enero del presente año, se ordena a la Institución Educativa para que realice todos lo necesario para que el estudiante se iguale en el pensum académico ya desarrollado Por supuesto con la advertencia al niño MICHAEL FELIPE que debe cumplir con las obligaciones que le corresponde como estudiante de una institución Educativa, tanto académica como en disciplina. 

Al igual el Juzgado pide a la madre del menor mantener informada a la institución sobre las novedades del niño.

TERCERO: EXHORTAR a la señora MARIA INES ESTUPIÑAN BAYONA, respecto a la Dimensión civil que le asiste como representante del niño XXXXX FELIPE XXXXXX que al momento de ser matriculado el niño XXXXX FELIPE, se adquiere un acuerdo de voluntades, lo que genera obligaciones, y bajo esas obligaciones, es estar pendiente del cumplimiento educativo de sus hijos, y en el evento que por cualquier motivo no puedan asistir a la institución educativa, dar una información inmediata a la rectoría de la Institución Educativa para los fines pertinentes de protección al derecho de la educación que le asiste a los niños