¡Crónica de una muerte anunciada! Tribunal del Tolima anuló elección del alcalde de Carmen de Apicalá

por Kelly Perdomo

Tal como lo había vaticinado el alcalde Luis Ángel Gutiérrez a través de un video, se declaró la nulidad del acto administrativo que proclamaba su elección.

 el alcalde carmen

En diciembre de 2023, Humberto Antonio Sierra Porto, apoderado de José Arley Piedrahita, presentó ante el Tribunal Administrativo del Tolima un medio de control de nulidad electoral contra la elección de Luis Ángel Gutiérrez Ortiz como alcalde de Carmen de Apicalá por el movimiento “Todos Construimos Progreso”. La demanda cuestionaba la legalidad del acto administrativo que declaró la elección de Gutiérrez Ortiz, fundamentándose en varios hechos y pretensiones. 

En noviembre de 2021, Luis Ángel Gutiérrez Ortiz, como representante legal de la Constructora Camino del Olimpo S.A.S., presentó un proyecto al municipio para la construcción de varias obras de infraestructura a cambio de la cancelación de licencias de construcción. Este acuerdo quedó formalizado en un Acta de Dación en Pago en diciembre de 2021, estableciendo la entrega de las obras antes de noviembre de 2022. Posteriormente, se realizaron varias modificaciones al acta original, extendiendo los plazos de entrega, en febrero de 2023 se firmó una nueva modificación que detallaba las obras y sus presupuestos, con la obligación de finalizar antes de junio de 2023. 

El jurista argumentó que Gutiérrez estaba inhabilitado para ser alcalde de Carmen de Apicalá debido a que, dentro del año anterior a la elección, firmó modificaciones a un contrato de dación en pago con el municipio, lo que entra en conflicto con la Ley 136 de 1994. Estas modificaciones, realizadas el 25 de noviembre de 2022 y el 23 de febrero de 2023, extendieron el plazo y alteraron los términos financieros del contrato original, cumpliendo los criterios de temporalidad, materialidad y territorialidad de la inhabilidad ya que su candidatura fue inscrita el 28 de julio de 2023.

 La defensa de Luis Ángel objetó que la anulación no tenía fundamento, argumentando que el demandado no había incurrido en causal de inhabilidad. Ya que según el artículo 95.3 de la Ley 136 de 1994, modificado por el artículo 37 de la Ley 617 de 2000, el período inhabilitante iba del 29 de octubre de 2022 al 29 de octubre de 2023 y el contrato de dación en pago se firmó el 15 de diciembre de 2021, fuera de este período, además que las modificaciones del 25 de noviembre de 2022 y 23 de febrero de 2023 solo extendieron el plazo y actualizaron precios debido a la ola invernal y el incremento de costos, sin constituir nuevos contratos. Las actividades modificadas eran propias de la ejecución del contrato original, por lo que no generan inhabilidad. 

Sin embargo, pese a los argumentos de la defensa de Gutiérrez, este viernes 2 de agosto el Tribunal Administrativo Oral de Ibagué emitió el fallo declarando la nulidad del acto administrativo declaratorio de elección contenido en el acta de escrutinio municipal E26 ALC y la credencial E27, ambos de fecha 31 de octubre de 2023, expedidos por la comisión escrutadora municipal de Carmen de Apicalá, por medio de la cual se declaró elegido como alcalde municipal a Luis Ángel Gutiérrez Ortiz por el movimiento Todos Construimos Progreso para el período constitucional de 2024 al 2027.

 Gracias al video emitido por el alcalde de Carmen de Apicalá, se sabe que Luis Ángel Gutiérrez apelará en segunda instancia: “Cualquiera que sea el resultado, ejerceré mi legítimo derecho a la defensa y contradicción ante el honorable Consejo de Estado en segunda instancia", aseguró el mandatario.