Alcaldía cambió las normas para el sector de la Construcción y manufactura

Mediante el Decreto 1000-0277del 02 de mayo del 2020, el Ministerio del Interior autorizó a la Alcaldía de Ibagué a realizar modificaciones en las medidas que debe acatar el sector de la construcción y manufactura.

De allí se logró concretar que a partir de hoy lunes 4 de mayo desde las 5:00 a.m. hora en que se levantó el toque de queda permanente, los ibaguereños que desarrollen estas actividades, podrán circular libremente en sus propios vehículos sea motocicleta o vehículo particular cumpliendo con los protocolos de bioseguridad, pero ahora sin la restricción de pico y placa.

De acuerdo a Andrés Bedoya, jefe jurídico de la Alcaldía de Ibagué, estas personas podrán movilizarse solo en los horarios de entrada y salida de sus empresas portando su respectivo carnet, logrando garantizar a las autoridades que pertenecen a estas empresas.

En cuanto a las personas que laboren en el sector de la salud, se podrán movilizar libremente entre semana y los fines de semana aun con la restricción de toque de queda permanente.

Otros de los cambios de las medidas restrictivas esta en los horarios laborales, quedado establecidos así:

La nueva reglamentación establece horarios laborales flexibles para el sector de la construcción, que podrá operar de lunes a viernes de 6:00 a.m. a 6:00 p.m. y los sábados de 6:00 a.m. a 12:00 m, este último no aplicará los dos fines de semana anteriores al 11 de mayo, dando cumplimiento al toque de queda permanente.

El sector manufacturero contará con tres turnos en horarios flexibles para sus operarios, exceptuando de la medida de toque de queda a aquellas empresas dedicadas a la confección de tapabocas:

Horario 1: Un turno de 8 horas: 7:00 a.m. a 3:00 p.m.

Horario 2: Dos turnos de 6 horas: 6:00 a.m. a 1:00 p.m. - 2:00 p.m. a 7:00 p.m.

Horario 3: Tres turnos rotativos: 5:45 a.m. a 1:45 p.m. – 2:00 p.m. a 9:45 p.m. – 10:00 p.m. a 5:30 am 

Las empresas constructoras que realizarán actividades fuera de los horarios establecidos, deberán previamente tramitar permisos de funcionamiento ante las secretarías de Infraestructura y Planeación. Por su parte, las textileras están en la obligación de garantizar un plan de movilidad a sus trabajadores, informando de manera previa las placas de los vehículos en los que se transportarán.