Se permitirá dos personas por vehículos si cuentan con salvoconducto

por Ondas de Ibagué

La Secretaría de Movilidad emitió la circular 0012 en la que se establecen restricciones para la circulación de los ciudadanos en vehículos particulares durante el aislamiento preventivo obligatorio.

En el documento se da cuenta que dentro de las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional y Municipal se incluyeron excepciones tales como: el personal del sector salud, vigilancia, servicios públicos, entre otros, quienes podrán movilizarse en vehículos de su propiedad.

Para permitir la circulación de automóviles y motocicletas, los ciudadanos deberán estar identificados con el uniforme, portando su carné de trabajo, documentos del vehículo, una carta expedida por la empresa en la que labora con la dirección, horario laboral, placa del vehículo; además, de portar el salvoconducto expedido por la Secretaría de Gobierno para los domiciliarios.

En el caso de llevar acompañante, este deberá demostrar que es su compañero de trabajo y portar los mismos documentos para su identificación, estableciéndose un término de 60 minutos para su desplazamiento al lugar de trabajo y posteriormente a su vivienda.

Es de precisar que para el abastecimiento y actividades financieras no está permitida la circulación de dos personas en un vehículo y estos deberán cumplir con las medidas de pico y cédula, y pico y placa.

Por: María Lucía Ortega, periodista local.